#YoApoyoDL1323: 8 verdades que el fujimorismo y 'Con mis hijos no te metas' no quieren que sepas
A lo largo de los años hemos visto cómo todas y cada una de las iniciativas legislativas sobre los derechos humanos de lesbianas, trans, gais, bisexuales e intersexuales (LTGBI) han sido desechadas por el Congreso. La marcha trans a la Constituyente de 1979 exigiendo el respeto a su identidad de género, la propuesta de Julio Castro a la Constituyente de 1993 de reconocer todas las familias sin distinción, los diversos proyectos de Javier Diez Canseco en los 90 y 2000 contra la discriminación hacia LTGBI, la iniciativa de reforma del artículo 2 de la Constitución, los proyectos de crímenes de odio y unión civil presentados por Carlos Bruce. Todos han ido directamente al archivo. Y seguramente lo mismo sucederá con la nueva unión civil de Carlos Bruce y Alberto de Belaunde, así como con las propuestas de identidad de género y matrimonio igualitario de Marisa Glave e Indira Huilca. Y es que hoy los antiderechos no solo pretenden bloquear cualquier avance legal sobre nuestros derechos, sino erradicarnos de las leyes para después erradicarnos del mundo. Por ello han iniciado una campaña de odio y mentiras que acá desbaratamos una a una.
1. “Esta ley es la apertura de una caja de Pandora a toda una legislación que viene…”
(Beatriz Mejía, vocera de Con mis hijos no te metas)
FALSO. Los decretos legislativos que incluyen derechos LTGBI solo abordan los crímenes de odio y discriminación motivada en la orientación sexual e identidad de género. El 1323 incluye estas categorías en la tipificación del agravante de cometer delitos motivados en la intolerancia o discriminación (artículo 46.2.d del Código Penal) así como en el delito de discriminación e incitación a la discriminación (artículo 323). El 1325 declara en emergencia el sistema penitenciario y dispone que las poblaciones vulnerables (entre ellas LTGBI) reciban tratamiento especializado en salud. Y el 1348 que aprueba el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes incluye la no discriminación a los adolescentes infractores por orientación sexual e identidad de género, en especial en los servicios de salud, educativos y sociales.
Dicen que la amenaza real es que el artículo 323 del Código Penal que antes hablaba de la discriminación en relación a “los derechos de la persona” y ahora refiere a “cualquier derecho de una persona o grupo de personas reconocido en la ley, la Constitución o en los tratados de derechos humanos de los cuales el Perú es parte”, con lo que se darán nuevas leyes con nuevos derechos para LTGBI (privilegios, dicen) que cortarán sus libertades. Sus libertades de, por ejemplo, insultar, violar y asesinar a otras personas por no estar de acuerdo con su orientación sexual o identidad de género.
2. "No se dieron facultades para esta materia"
(Miguel Torres, congresista fujimorista presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento)
FALSO. La ley 30506 delega facultades legislativas en materia de seguridad ciudadana a fin de "establecer precisiones y modificaciones normativas a la legislación penal" y "combatir la violencia familiar y la violencia de género". Que a la gente la discriminen, violen, torturen y maten es, evidentemente, un asunto de seguridad ciudadana. La tipificación de esas situaciones constituye la legislación penal referida. Y como estas violencias guardan relación con la orientación sexual e identidad de género de las personas, son aquello que la ley define violencia de género. Es decir, todo está dentro de las facultades delegadas.
3. “Orientación sexual e identidad de género son conceptos que escapan del contenido de violencia de género”
(Úrsula Letona, congresista fujimorista presidenta del subgrupo de control constitucional sobre las facultades delegadas de la Comisión de Constitución y Reglamento)
FALSO. Género no es sinónimo de sexo, mucho menos de mujer. Violencia de género toda aquella basada en las creencias sociales de cómo deben ser las mujeres y los hombres, que incluye la premisa de que todas las personas deben ser heterosexuales. El Estado peruano, en su Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016-2021, reconoce la violencia contra LTGBI como una modalidad de violencia de género.
4. “No hemos discutido el fondo sino la forma, ¿por qué no presentan un proyecto de ley?”
(Úrsula Letona, congresista fujimorista presidenta del subgrupo de control constitucional sobre las facultades delegadas de la Comisión de Constitución y Reglamento)
FALSO. Negar que legislar sobre crímenes de odio y discriminación hacia LTGBI sea un asunto de seguridad ciudadana y de violencia de género constituye un pronunciamiento sobre el fondo. Y no es la primera vez que el Congreso se niega a sancionar estas situaciones: el 4 de julio de 2013 con 74 votos entre oposiciones y abstenciones (26 del fujimorismo, incluido Kenji Fujimori) se excluyó la orientación sexual e identidad de género de la protección contra crímenes de odio. El jueves 6 de abril la fujimorista Nelly Cuadros presentó un proyecto para modificar la redacción del artículo 323 del Código Penal manteniendo todas las categorías del DL 1323, todas menos orientación sexual e identidad de género, so pretexto que estos términos vienen de la "ideología de género". El sábado 8 los fujimoristas Leyla Chihuán y Miguel Castro han anunciado que, ante la inminente derogatoria del avance, presentarán un proyecto que restituye la orientación sexual e identidad de género en los artículos 46.2.d y 323 del Código Penal. Si realmente quieren proteger a los LTGBI, ¿por qué no oponerse a la derogatoria parcial del DL 1323? ¿No será que presentarán proyectos distractores para finalmente no aprobar nada, como ocurrió con la unión civil? Como sea, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos ha anunciado ya una propuesta legislativa preparada con las organizaciones LTGBI y que será asumida por congresistas de Peruanos por el Kambio y el Frente Amplio.
5. “Es innecesario mencionar orientación sexual e identidad de género”
(Beatriz Mejía, vocera de Con mis hijos no te metas)
FALSO. La sola afirmación evidencia la necesidad de que estas categorías sean explícitamente protegidas de crímenes de odio y discriminación en nuestras leyes. Aunque jurídicamente la redacción amplia de “cualquier otra condición social” presente en la Constitución y el Código Penal debe ser suficiente, en especial después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que los países miembro del Pacto de San José (como el Perú) deben comprender que dicha frase comprende también la orientación sexual e identidad de género de las personas en la sentencia Atala e hijas vs. Chile de 2012. En Perú el Tribunal Constitucional reconoce estas categorías desde hace más de 10 años. Sin embargo, son justamente estos grupos antiderechos los que se repiten una y otra vez que dichas categorías son inconstitucionales por no estar explícitas en la Constitución. Decídanse, ¿no?
6. “Los tratados de derechos humanos no reconocen la distinción por orientación sexual e identidad de género”
(Beatriz Mejía, vocera de Con mis hijos no te metas)
FALSO. Cuando se escribieron muchos tratados internacionales de derechos humanos no se hablaba de orientación sexual e identidad de género, pero sí se prohibía toda forma de discriminación, tanto las mencionadas explícitamente como las de “cualquier otra índole” no mencionada. Y años después los comités de seguimiento de los tratados han ido señalando que en dicha frase debe comprenderse incluida la orientación sexual e identidad de género. Es más, los comités de Derechos Humanos, contra la Tortura, para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, han emitido recomendaciones explícitas al Perú sobre la situación de las personas LTGBI. Aún está pendiente la ratificación de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes a la que grupos antiderechos intentaron poner reservas y declaraciones interpretativas a las partes explícitas sobre derechos LTGBI. Y recientemente el Perú ha suscrito la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores que es explícita sobre la no discriminación por orientación sexual e identidad de género.
7. “No existen crímenes de odio contra homosexuales, son en su mayoría crímenes pasionales”
(Colectivo Parejas Reales)
FALSO. La pasión y el amor no matan, el odio sí. Mientras los genocidios exterminan a una colectividad por uno de sus rasgos constitutivos, como sucedió con los judíos en la segunda guerra mundial, los crímenes de odio eliminan a personas no por su individualidad sino por representar a una colectividad a la que no se telera, a la que se desprecia y discrimina. Su principal característica es la extrema crueldad y tortura previa al asesinato. Los feminicidios son un crimen de odio motivado en la misoginia o desprecio hacia lo femenino, y mayoritariamente son cometidos por las parejas o exparejas de las víctimas. El machismo los calificó como crímenes pasionales e incluso generó un atenuante a estos crímenes excusándolos en la defensa del honor de los hombres. Muchos crímenes de odio contra personas LTGBI también son cometidos por personas con las que la víctima ha tenido vínculos sexuales, que en muchos casos no se ven a sí mismos como LTGBI y que expresan un desprecio por esta característica de sus víctimas. La tipificación no sanciona a las personas por su sexualidad, sino por cometer actos crueles motivados por el desprecio a una comunidad determinada. El horrendo asesinato del periodista José Yactayo, ocurrido durante la vigencia del DL 1323, debería ser el caso emblemático de aplicación de esta legislación contra crímenes de odio hacia LTGBI.
8. “Me estás diciendo mentirosa y eso no es verdad”
(Beatriz Mejía, vocera de Con mis hijos no te metas)
FALSO. No es verdad lo que los voceros fujimoristas y antiderechos afirman en esta campaña de odio y discriminación. En los últimos meses los hemos visto mentir una y otra vez sobre el currículo escolar, y ahora hacen exactamente lo mismo sobre el DL 1323. Pretenden manipular los miedos de la gente e incluso intimidarnos amenazándonos con demandas por difamación por desbaratar sus mentiras. Y he aquí nuestra respuesta, nuestra mejor arma: la verdad. ¡No a la ideología del odio!